Mapa de Sitio Fotografía Noticias Audio Video Correo Presidencia inicio
 
 
 
 
 
 
 
   
   
   
   
   
   
   
   
 
 
     
   
 
Bernardo Moreno Villegas
 
 
     
 
     
Foto: Bernardo Moreno
 
 

Antecedentes: La Secretaría General de la Presidencia de la República se creó mediante la Ley 3a. de 1898. El Decreto 133 del 27 de enero de 1956, convierte
la Secretaría General de la Presidencia de la República en el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
Es un organismo encargado de coordinar, controlar y administrar las distintas dependencias de la Presidencia.
Mediante Decreto 146 de 1976, se reorganizó el Departamento Administrativo, estructurándose en :
Secretaría General, Consejeros Presidenciales, Secretaría de Información y Prensa, Secretaría Privada y Casa Militar.

El Decreto Ley 1050 de 1968, dispone que el Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República , tendrá la categoría y funciones dispuestas para los Ministros. La Ley 55 de 1990, dispone que el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República, tendrá una naturaleza especial y establece las funciones, objetos y principios de la organización, por lo que en consecuencia contará con una estructura y nomenclatura de sus dependencias y empleos acorde con la misma.
Tendrá regímenes especiales en materia presupuestal, fiscal, administrativa, contractual, salarial y prestacional, para cumplir con el objeto y funciones asignadas.

   
 

El Decreto Ley 1050 de 1968, le da unas funciones al Jefe del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República.
El Decreto 1680 de 1991, Reorganiza el Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y de conformidad con el Artículo 4o.
del mismo Decreto, le da al Jefe del Departamento las siguientes funciones:

a. Administrativos, Establecimientos Públicos y demás organismos y entidades administrativas.

b. Presentar a consideración del Presidente de la República los asuntos provenientes de los Departamentos Administrativos, Establecimientos Públicos y demás organismos de la administración, cuando según la Constitución y la ley fueren de competencia presidencial.

c. Asistir al Presidente de la República en ejercicio de las funciones que le corresponde en relación con el Congreso, a la Administración de la Justicia y demás organismos o autoridades a que se refiere la Constitución Política.

d. Servir de enlace entre la Presidencia y las Secretarías de las Cámaras Legislativas.

e. Someter a la aprobación del Presidente de la República los proyectos de Decretos, Resoluciones, Contratos y demás actos o documentos que lo requieran.

f. Estudiar los asuntos que le asigne el Presidente, atender las audiencias que le indique y representarlo en los actos que le señale.

g. Vigilar el cumplimiento de las decisiones que sean adoptadas por el Presidente.

h. Ejercer bajo su responsabilidad las funciones que le delegue el Presidente de la República conforma a la Ley.

i. Firmar los Decretos y Resoluciones concernientes a la Presidencia de la República.

j. Suscribir a nombre la Nación los contratos relativos a asuntos propios de la Presidencia de la República, conforme a la ley, a los actos de delegación y a las demás normas pertinentes.

k. Las demás que le asigne la ley, o que ésta no atribuya expresamente a otro cargo de la Presidencia de la República.

El Art. 19 del mismo Decreto, le da la facultad al Jefe del Departamento, distribuir por Resolución la planta global de la presidencia, en atención a la naturaleza y responsabilidad de los empleos y a las necesidades del servicio. Así mismo será el responsable de asignar o reasignar funciones en los actos de nombramiento de funcionarios o de reubicación de los mismos.
Decreto 2133 de 1992, Fusiona el Fondo Especial de la Presidencia de la República al Fondo de Solidaridad y Emergencia Social y reestructura la Presidencia de la República y en el Art. 21 del mismo Decreto le asigna al Director del Departamento Administrativo, además de las funciones legalmente atribuidas por ley, las siguientes :

1. Reconocer y pagar los honorarios y demás gastos que ocasione el funcionamiento de Consejos y demás órganos consultivos del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República;

2. Reconocer y pagar cuotas y contribuciones a los organismos nacionales e internacionales de los que forme parte o pueda hacer parte la Presidencia de la República.

3. Reconocer y pagar viáticos y gastos de viaje, en la cuantía en que lo determinen las disposiciones legales sobre la materia, por concepto de comisiones en el interior y al exterior del país, que deban realizar los funcionarios del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y demás personas que deban viajar en misión oficial o que formen par de las comitivas oficiales que acompañen al Presidente de la República.

Objetivos

Asistir al Presidente de la República en el ejercicio de sus atribuciones constitucionalesy legales y prestarle el apoyo administrativo y los demás servicios necesarios para dicho fin.

Quienes somos

Por su naturaleza la Presidencia de la República es una organización al servicio del Estado y por ende, todos los que trabajamos en ella somos servidores públicos.
La Presidencia de la República es un Departamento Administrativo que formaparte del sector central de la administración pública; fue creado en 1956 mediante el Decreto Nº133 del 27 de enero, convertido en legislación permanente mediante la ley 1a de 1958.

El Departamento Administrativo de la Presidencia de la República tiene cuatro sedes:

Palacio de Nariño : Carrera 8 No 7 - 26
Edificio Galán : Carrera 8 No 7-27
Casa Republicana : Calle 8 No 6 - 63
Edificio Administrativo : Calle 7 No 6 - 54

Nuestra misión

Nuestra misión es prestar el apoyo logístico que requiere la gestión presidencial, ofreciendo asistencia directa al señor Presidente de la República en el ejercicio de sus atribuciones constitucionales y legales.
Como primera institución del Gobierno, el desarrollo y cumplimiento de nuestras metas y logros deben ser realizados de manera transparente, eficaz y eficiente, de tal manera que sirvan de ejemplo a los demás organismos que conforman el Estado.


 
     
 
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
   
Imprimir
Escríbale al Presidente Escríbale al Presidente Contacto Web Master Escríbale al Presidente